Oye, ¿y si un nido paraliza la obra de tu comunidad?

FAUNA EN LA COMUNIDAD

Oye, ¿y si un nido paraliza la obra de tu comunidad?

Los andamios estaban montados. Los operarios preparados y, después de meses de reuniones, presupuestos y decisiones, la comunidad estaba por fin a punto de empezar una obra de fachada.

Hasta que alguien miró hacia arriba.

Había un nido en uno de los balcones.

“Bueno, se retira y seguimos”, debió pensar alguien.

Pues no.

El pequeño nido tenía unos ocupantes bastante más importantes de lo que parecía, “una pareja de cernícalos había decidido que aquel edificio era el lugar perfecto para formar una familia”.

Y los cernícalos, además, son fauna silvestre protegida.

Así que apareció un técnico de Medio Ambiente y la obra se quedó parada. No un día. Ni una semana.

¡Meses!

Había que esperar a que las crías crecieran y pudieran abandonar el nido por sí solas. Mientras tanto, ni tocar la zona, ni continuar los trabajos, ni hacer aquello tan español de “yo lo quito y aquí no ha pasado nada”.

Los propietarios, lógicamente, estaban encantados.

Bueno, quizá no exactamente.

Cada cierto tiempo llamaban para preguntar si “los pájaros” ya se habían marchado.

Y los pájaros, ajenos por completo a la derrama, los presupuestos y las prisas de la comunidad, seguían allí.

Oye, ¿y si un nido pudiera paralizar la obra de tu comunidad?

 

Pues puede.

Y no hace falta que aparezca una pareja de cernícalos para que una comunidad se encuentre con un problema parecido.

Cuando la naturaleza se muda a la comunidad.

Fachadas, tejados, patios, huecos de persianas, terrazas, chimeneas o falsos techos pueden convertirse en auténticos apartamentos de lujo para determinadas especies.

Golondrinas, vencejos, aviones, cernícalos, murciélagos, abejas, y también avispas pueden aparecer donde menos los esperamos.

Y aquí viene lo importante, «no podemos meterlos a todos en el mismo saco”.
Ante un avispero, por ejemplo, puede ser necesaria la intervención de una empresa especializada, especialmente si existe riesgo para las personas.

Si lo que encontramos es una colonia de abejas, la solución puede ser muy diferente. En lugar de exterminarla, lo habitual es recurrir a profesionales que puedan valorar su retirada y traslado.

Y cuando hablamos de aves silvestres, hay que extremar todavía más las precauciones.

La legislación protege a la fauna silvestre y establece prohibiciones que incluyen, en determinados supuestos, causar daños, molestar intencionadamente a los animales o destruir o deteriorar sus nidos, huevos o lugares de reproducción. (Ley 42/2007 BOE).

Por eso, encontrarse un nido durante una obra no significa simplemente llamar a alguien para que lo quite.

Primero hay que saber qué tenemos delante. ¿Y qué debe hacer la comunidad?

Aquí es donde el administrador tiene un papel importante.

Si un propietario comunica que ha encontrado un nido, una colmena o un avispero, lo primero es no actuar por cuenta propia.

  • Ni retirarlo.
  • Ni destruirlo.
  • Ni ordenar a los operarios que continúen como si nada.

Lo prudente es identificar la especie y consultar con el profesional o la administración competente para saber qué actuación corresponde.

Y esto es especialmente importante cuando hay obras de fachada, cubierta, patios o elementos comunes en marcha.

Porque una obra que se detiene durante unos días ya genera molestias.

Una obra que tiene que esperar meses puede convertirse en un auténtico problema para la comunidad.

¿Y si alguien decide retirar el nido por su cuenta?

 

Y actuar incorrectamente puede añadir algo que nadie había presupuestado: responsabilidades y sanciones.
Porque aquello de “lo quitamos rápido y seguimos con la obra” puede salir bastante más caro de lo que parece.

La Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, protege a la fauna silvestre y, en el caso de las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, prohíbe actuaciones como destruir o deteriorar sus nidos y lugares de reproducción.

¿Y qué ocurre si se actúa sin la autorización correspondiente?

Pues que las multas pueden ser importantes.

La normativa estatal establece sanciones que, dependiendo de la gravedad de la infracción, pueden ir:

  • De 100 a 3.000 euros, para las infracciones leves.
  • De 3.001 a 200.000 euros, para las graves.
  • De 200.001 a 2.000.000 de euros, para las muy graves.

Y todavía hay que tener en cuenta que la legislación autonómica puede establecer su propio régimen sancionador y que la cuantía concreta dependerá, entre otras cuestiones, de la especie afectada, los daños ocasionados, las circunstancias de la actuación y su gravedad.

Así que retirar un nido protegido sin informarse antes puede convertir el problema de una obra paralizada en otro bastante mayor.

Una llamada a tiempo a Medio Ambiente puede evitar muchos problemas. Y también una multa que nadie querría explicar después en una junta de propietarios.

La propia normativa contempla que determinadas prohibiciones puedan exceptuarse mediante autorización administrativa cuando concurran circunstancias concretas, por ejemplo relacionadas con la salud o la seguridad de las personas.

Es decir, no se trata de “nunca se puede tocar”, sino de saber cuándo, cómo y con qué autorización puede hacerse legalmente.

 

El vecino que no paga derramas pero “tiene alas”.

En administración de fincas estamos acostumbrados a resolver problemas bastante variados.

  • Una avería.
  • Una filtración.
  • Un ascensor que no funciona.
  • Un vecino que no paga.

Pero hay situaciones que no aparecen en ninguna previsión de gastos.

Como descubrir que una pareja de cernícalos ha decidido que el balcón de la comunidad es el lugar perfecto para criar a sus pequeños.

Y entonces toca recordar algo importante, «administrar una comunidad también significa saber cuándo hay que parar”.

Porque ante un nido, una colmena o un avispero, la solución más rápida no siempre es la correcta.

  • A veces hay que llamar a un profesional.
  • A veces hay que consultar a Medio Ambiente.
  • Y, en alguna ocasión, toca esperar.

Aunque los propietarios estén mirando al cielo todos los días preguntando:

—¿Pero estos pájaros no se iban ya?

¡Pues no!

Ellos no tienen ninguna prisa.

Y quizá esa sea la mejor lección de todas.

“Antes de retirar aquello que molesta, conviene saber exactamente qué es y qué dice la ley”.

Porque en una comunidad de propietarios nunca sabes qué problema aparecerá mañana.

Oye, ¿y si…?

 

 

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